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Impuestos y Presentación

Guía del Impuesto Sucesorio

Una guía en español sencillo sobre los impuestos sucesorios de Nueva York — ET-85, ET-117, exenciones, el efecto precipicio y todo lo que necesita para presentar correctamente en Brooklyn (Condado de Kings).

¿Qué Son los Impuestos Sucesorios de Nueva York?

Nueva York impone un impuesto sucesorio estatal sobre la transferencia de bienes de una persona fallecida a sus beneficiarios. Este es independiente del impuesto sucesorio federal, y Nueva York tiene su propio umbral de exención, tasas y reglas. El impuesto sucesorio se basa en el valor total del patrimonio imponible del fallecido a la fecha de muerte — incluyendo bienes inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, seguros de vida pagaderos al patrimonio y cuentas de jubilación.

El Albacea o Administrador es responsable de determinar si se debe presentar una declaración de impuestos sucesorios, presentarla a tiempo y pagar cualquier impuesto adeudado antes de distribuir los bienes a los beneficiarios. En Brooklyn, los problemas de impuestos sucesorios surgen frecuentemente debido a los altos valores de las propiedades — muchas herencias que las familias asumen que son "modestas" resultan estar cerca o por encima del umbral de presentación una vez que los bienes inmuebles se tasan a su valor justo de mercado.

Estatal y federal son separados. Una herencia puede adeudar impuesto sucesorio de Nueva York, impuesto sucesorio federal, ambos o ninguno. Cada uno tiene su propia exención, tasas y declaración. Esta guía cubre ambos pero se enfoca principalmente en el lado de Nueva York, que es donde la mayoría de las herencias de Brooklyn (Condado de Kings) encuentran problemas.

Formularios Tributarios Clave

Hay cuatro formularios que aparecen repetidamente en asuntos de impuestos sucesorios de Brooklyn (Condado de Kings). Entender qué hace cada uno — y cuándo lo necesita — es crítico.

ET-85 — Declaración del Impuesto Sucesorio de Nueva York

El ET-85 es la declaración del impuesto sucesorio del Estado de Nueva York. Se presenta ante el Departamento de Impuestos y Finanzas del Estado de Nueva York y reporta el valor total de la herencia del fallecido, las deducciones y el impuesto adeudado (si lo hay). El ET-85 vence nueve meses después de la fecha de muerte. Se puede solicitar una extensión de seis meses usando el Formulario ET-133, pero la extensión es solo para la presentación — cualquier impuesto estimado adeudado aún debe pagarse antes de la fecha límite de nueve meses para evitar intereses y multas.

ET-117 — Liberación del Gravamen del Impuesto Sucesorio

Cuando un residente de Nueva York fallece, un gravamen legal se adhiere automáticamente a todos los bienes inmuebles de la herencia. El ET-117 es el formulario que usted presenta para solicitar la liberación de ese gravamen del Departamento de Impuestos y Finanzas. Hasta que reciba la liberación del gravamen, usted no puede transferir ni vender bienes inmuebles de la herencia. Las compañías de títulos no asegurarán la transacción sin ella.

ET-14 — Declaración Jurada de Domicilio del Impuesto Sucesorio

El ET-14 establece el domicilio (residencia legal) del fallecido al momento de la muerte. Esto importa porque Nueva York solo puede gravar las herencias de domiciliarios de Nueva York (además de los bienes inmuebles en Nueva York propiedad de no residentes). Si hay alguna duda sobre si el fallecido estaba domiciliado en Nueva York — por ejemplo, si pasaba parte del año en Florida — el ET-14 se usa para documentar el reclamo. Las disputas de domicilio son comunes entre jubilados que dividen su tiempo entre Nueva York y otro estado.

IT-2663 — Impuesto sobre Ganancias por Transferencia de Bienes Inmuebles

El IT-2663 se presenta cuando bienes inmuebles son transferidos por una herencia de no residente o cuando ciertas transferencias de bienes inmuebles generan obligaciones estimadas de impuesto sobre la renta personal. Si la herencia está vendiendo propiedad y el fallecido no era residente de Nueva York, este formulario asegura que el estado recaude cualquier impuesto sobre ganancias de capital por la apreciación de la propiedad. Incluso para herencias de residentes, su abogado de cierre o compañía de títulos puede requerir documentación relacionada con este formulario.

Umbrales de Exención (2026)

Para muertes que ocurren en 2026, se aplican los siguientes umbrales de exención:

  • Exención del Estado de Nueva York: $7.35 millones. Las herencias en o por debajo de esta cantidad no adeudan impuesto sucesorio de Nueva York. Sin embargo, si la herencia excede este umbral por más del 5%, toda la herencia está sujeta a impuestos — no solo el exceso. (Vea el efecto precipicio a continuación.)
  • Exención federal: $15 millones. La Ley Big Beautiful Bill estableció permanentemente la exención del impuesto sucesorio federal en aproximadamente $15 millones por individuo (indexado por inflación). Las herencias por debajo de esta cantidad no adeudan impuesto sucesorio federal. La exención federal es transferible entre cónyuges — un cónyuge sobreviviente puede usar la exención no utilizada del cónyuge fallecido al presentar una declaración federal de impuestos sucesorios (Formulario 706 del IRS) y hacer la elección de portabilidad.

Para la mayoría de las herencias de Brooklyn (Condado de Kings), la exención federal es lo suficientemente alta como para que el impuesto sucesorio federal no sea una preocupación. Sin embargo, el umbral de Nueva York afecta a muchas más familias — particularmente aquellas con propiedades inmobiliarias significativas en Brooklyn, donde incluso una sola casa puede estar valorada en $1 millón o más.

Los montos de exención cambian. Nueva York ajusta su exención anualmente por inflación. Siempre verifique la exención actual para el año de muerte en el sitio web del Departamento de Impuestos y Finanzas de NY.

El "Efecto Precipicio" de Nueva York

El impuesto sucesorio de Nueva York tiene una característica que toma a muchas personas por sorpresa: el efecto precipicio. A diferencia del impuesto sucesorio federal, que solo grava la cantidad por encima de la exención, el sistema de Nueva York funciona de manera diferente — y mucho más severa.

Así es como funciona: si su patrimonio imponible está en o por debajo del monto de exención ($7.35 millones en 2026), no adeuda nada. Si su patrimonio excede la exención por una cantidad pequeña — hasta un 5% por encima — aún obtiene un beneficio parcial de la exención, aunque el impuesto se reduce rápidamente. Pero si su patrimonio excede la exención por más del 5% (es decir, el patrimonio vale más de aproximadamente $7.72 millones en 2026), la exención desaparece por completo. El impuesto se calcula entonces sobre todo el patrimonio desde el primer dólar — no solo la cantidad por encima del umbral.

Esto crea un "precipicio" donde un aumento relativamente pequeño en el valor del patrimonio puede generar cientos de miles de dólares en impuestos adicionales.

Debido al efecto precipicio, las herencias que están cerca del umbral de exención requieren una valoración y planificación cuidadosas. Los albaceas deben trabajar con un contador o abogado de herencias para determinar si las valoraciones de activos, deducciones u otras estrategias pueden llevar la herencia por debajo del umbral. Incluso cambios pequeños — como reclamar correctamente los gastos funerarios, costos de administración o deudas pendientes como deducciones — pueden hacer la diferencia entre cero impuestos y una factura de seis cifras.

¿Cuándo Se Requiere el ET-85?

No toda herencia debe presentar una declaración de impuestos sucesorios de Nueva York. El ET-85 se requiere en las siguientes situaciones:

  • El patrimonio bruto excede el umbral de presentación para el año de muerte. Para muertes en 2026, esto significa un patrimonio bruto (antes de deducciones) que excede $7.35 millones. Note que esto incluye el valor de los activos que pasan fuera de la sucesión — cuentas conjuntas, seguros de vida, cuentas de jubilación con beneficiarios designados y fideicomisos revocables.
  • Se requiere presentar una declaración federal de impuestos sucesorios (Formulario 706). Si debe presentar una declaración federal, también debe presentar el ET-85 con Nueva York, independientemente de si realmente se adeuda impuesto de Nueva York.
  • La herencia elige la portabilidad en la declaración federal. Incluso si la herencia está por debajo del umbral federal, algunas herencias presentan el Formulario 706 únicamente para elegir la portabilidad de la exclusión no utilizada del cónyuge fallecido. Si se presenta una declaración federal por esta razón, también se debe presentar un ET-85 de Nueva York.

Cuándo NO Se Requiere el ET-85

Si el patrimonio bruto está por debajo del umbral de presentación de Nueva York y no se requiere una declaración federal, no es necesario presentar el ET-85. Sin embargo, incluso en estos casos, es posible que aún necesite presentar un ET-117 para liberar el gravamen automático sobre cualquier bien inmueble. Muchas familias se sorprenden al descubrir que aunque no se adeuda impuesto, el gravamen existe por operación de la ley y debe ser formalmente liberado antes de que la propiedad pueda ser vendida.

Proceso de Presentación de Impuestos Paso a Paso

Paso 1: Determine Si Se Requiere la Presentación

Calcule el patrimonio bruto, incluyendo todos los activos — sucesorios y no sucesorios. Si el total excede la exención de Nueva York para el año de muerte, o si se requiere una declaración federal, debe presentar el ET-85. Si la herencia posee bienes inmuebles, también necesitará el ET-117 independientemente de si se adeuda impuesto.

Paso 2: Obtenga Avalúos

Obtenga valoraciones a la fecha de muerte para todos los activos significativos. Para bienes inmuebles, esto significa un avalúo formal de un tasador licenciado que refleje el valor justo de mercado a la fecha de muerte. Para cuentas financieras, obtenga estados de cuenta que muestren los saldos a la fecha de muerte. Para negocios privados, puede ser necesaria una valoración empresarial.

Paso 3: Presente el ET-117 Temprano

Si la herencia incluye bienes inmuebles, presente el ET-117 (Solicitud de Liberación del Gravamen del Impuesto Sucesorio) lo antes posible — incluso antes de que el ET-85 esté completo. Los tiempos de procesamiento son largos, y usted no quiere que la venta de una propiedad se retrase porque esperó para presentar. Puede presentar el ET-117 con valores estimados si el avalúo formal aún no está completo.

Paso 4: Prepare y Presente el ET-85

Complete el ET-85 con todos los anexos requeridos. La declaración se presenta ante el Departamento de Impuestos y Finanzas del Estado de Nueva York (no ante el Tribunal Sucesor). La fecha límite de presentación es nueve meses después de la fecha de muerte. Si necesita más tiempo, presente el Formulario ET-133 para una extensión de seis meses — pero pague cualquier impuesto estimado antes de la fecha límite de nueve meses para evitar intereses.

Paso 5: Pague el Impuesto

Si se adeuda impuesto, el pago vence con la declaración (o antes de la fecha límite de nueve meses si se presentó una extensión). El pago puede hacerse por cheque o transferencia electrónica de fondos. Los intereses se acumulan sobre los pagos atrasados desde la fecha de vencimiento original.

Paso 6: Presente la Declaración Federal Si Es Requerida

Si la herencia excede la exención federal, o si está eligiendo la portabilidad, presente el Formulario 706 del IRS. La fecha límite federal también es nueve meses después de la muerte, con una extensión de seis meses disponible. Coordine las declaraciones federal y estatal — el ET-85 requiere información de la declaración federal.

Paso 7: Reciba la Liberación del Gravamen ET-117

Después de que el Departamento de Impuestos y Finanzas procese el ET-117, emitirán una liberación del gravamen. Presente esta liberación en la oficina del Secretario de Brooklyn (Condado de Kings) para limpiar el título de cualquier bien inmueble. Solo después de que esto se registre se puede vender o transferir la propiedad con un título limpio.

Advertencia sobre el Plazo del ET-117

El problema más común de impuestos sucesorios en el Condado de Kings es subestimar cuánto tiempo toma obtener la liberación del gravamen ET-117. El Departamento de Impuestos y Finanzas no los procesa rápidamente. Los tiempos de procesamiento actuales pueden variar de tres a seis meses o más, dependiendo de la complejidad de la herencia y el atraso del departamento.

En el caso Bonaparte, una herencia en el Condado de Kings tenía un comprador bajo contrato para la casa del fallecido. Todo estaba listo para cerrar — la búsqueda de título estaba limpia, la hipoteca del comprador estaba aprobada y la fecha de cierre estaba fijada. Pero la liberación del gravamen ET-117 no se había recibido del estado. El cierre tuvo que posponerse repetidamente mientras el Albacea esperaba que llegara la liberación. El comprador casi se retiró, y la herencia incurrió en costos adicionales de mantenimiento (impuestos a la propiedad, seguro, mantenimiento) durante los meses de retraso. Toda la situación era evitable — si el ET-117 se hubiera presentado inmediatamente después de que se emitieron las Cartas, la liberación habría estado en mano antes de que el comprador siquiera hiciera una oferta.

Consejo profesional: Presente el ET-117 la misma semana que reciba sus Cartas. Incluso si no planea vender la propiedad de inmediato, las circunstancias cambian. Tener la liberación del gravamen lista elimina lo que de otra manera es la causa principal de retrasos en los cierres de bienes inmuebles en asuntos de herencias de Brooklyn (Condado de Kings).

Problemas Comunes

  • El efecto precipicio toma a las familias por sorpresa. Muchos albaceas no se enteran del efecto precipicio de Nueva York hasta que se prepara la declaración de impuestos. Para entonces, puede ser demasiado tarde para ajustar. Las herencias que están dentro del 5–10% del umbral de exención deben consultar a un profesional de impuestos inmediatamente para explorar si las deducciones o métodos de valoración pueden llevar la herencia por debajo del precipicio.
  • El ET-117 tardío retrasa las ventas de propiedades. Como se describió anteriormente, este es el problema más frecuente. La liberación del gravamen toma meses, y no hay forma de acelerarla a través del Departamento de Impuestos y Finanzas. La única solución es presentar temprano.
  • Subvaloración de activos. El Departamento de Impuestos y Finanzas revisa las declaraciones de impuestos sucesorios y puede impugnar las valoraciones que considera demasiado bajas. Los bienes inmuebles son el objetivo más común — particularmente en Brooklyn, donde los valores de las propiedades se han apreciado significativamente. Usar un tasador calificado y licenciado y documentar la metodología es esencial. Si el estado impugna una valoración, la auditoría resultante puede retrasar toda la herencia por un año o más.
  • Olvidar los activos no sucesorios. El patrimonio imponible para fines del impuesto sucesorio de Nueva York incluye activos que no pasan por el Tribunal Sucesor — propiedad de tenencia conjunta, seguros de vida, cuentas de jubilación con beneficiarios designados, cuentas pagaderas al fallecimiento y activos de fideicomisos revocables. Los albaceas a veces omiten estos de la declaración, lo que lleva a auditorías y multas.
  • No cumplir con la fecha límite de nueve meses. El ET-85 vence nueve meses después de la fecha de muerte. Si necesita más tiempo, debe presentar la extensión (ET-133) antes de la fecha límite y aún pagar el impuesto estimado. Presentar tarde sin una extensión genera multas e intereses.
  • No elegir la portabilidad en la declaración federal. Para parejas casadas, el cónyuge sobreviviente puede usar la exención federal no utilizada del cónyuge fallecido — pero solo si se presenta una declaración federal y se hace la elección de portabilidad. Esta es una oportunidad única que se pierde si la declaración no se presenta. Incluso si no se adeuda impuesto federal, presentar el Formulario 706 para preservar la portabilidad puede ahorrar al patrimonio del cónyuge sobreviviente millones en impuestos futuros.

Preguntas Frecuentes

¿Toda herencia tiene que presentar una declaración de impuestos sucesorios?

No. El ET-85 solo se requiere si el patrimonio bruto excede el umbral de presentación de Nueva York ($7.35 millones en 2026) o si se debe presentar una declaración federal de impuestos sucesorios. La mayoría de las herencias en el Condado de Kings están por debajo de este umbral y no necesitan presentar. Sin embargo, si la herencia posee bienes inmuebles, aún necesita presentar un ET-117 para liberar el gravamen fiscal automático — incluso si no se adeuda impuesto.

¿Cuál es la diferencia entre el ET-85 y el ET-117?

El ET-85 es la declaración del impuesto sucesorio de Nueva York — reporta el valor de la herencia y calcula cualquier impuesto adeudado. El ET-117 es una solicitud separada para liberar el gravamen automático que se adhiere a los bienes inmuebles cuando alguien fallece. Puede necesitar el ET-117 incluso si no necesita el ET-85. Se presentan ante la misma agencia (Departamento de Impuestos y Finanzas) pero sirven propósitos diferentes.

¿Cómo difiere el efecto precipicio de Nueva York del impuesto sucesorio federal?

El impuesto sucesorio federal usa una exención directa: solo paga impuesto sobre la cantidad que excede la exención. Si la exención federal es $15 millones y su patrimonio vale $16 millones, paga impuesto sobre $1 millón. Nueva York no funciona así. Si su patrimonio excede la exención de Nueva York por más del 5%, todo el patrimonio se grava desde el primer dólar. Esto significa que un pequeño aumento en el valor del patrimonio puede generar una factura de impuestos masiva — por eso se le llama "precipicio."

¿Cuánto tiempo toma obtener la liberación del gravamen ET-117?

Los tiempos de procesamiento actuales varían de tres a seis meses, y a veces más. El Departamento de Impuestos y Finanzas no ofrece un proceso acelerado. Por eso presentar temprano es crítico — especialmente si la herencia necesita vender bienes inmuebles. Si hay un cierre programado y la liberación del gravamen no ha llegado, el cierre se retrasará.

¿Puedo vender bienes inmuebles de la herencia antes de recibir la liberación del gravamen ET-117?

Prácticamente, no. Aunque la propiedad puede ponerse a la venta y se puede firmar un contrato, el cierre no puede realizarse sin la liberación del gravamen. Las compañías de seguros de título no asegurarán la transacción, y ningún abogado del comprador permitirá que su cliente cierre sobre una propiedad con un gravamen pendiente del impuesto sucesorio. Vea nuestra guía de Venta de Bienes de la Herencia para más detalle sobre este proceso.

¿Qué pasa si la herencia está cerca del precipicio — se puede hacer algo?

Sí. Si la herencia está cerca del umbral de exención, hay varias estrategias legítimas. Maximizar las deducciones — gastos funerarios, costos de administración, deudas pendientes y legados de caridad — puede reducir el patrimonio imponible por debajo del precipicio. La metodología de avalúo apropiada también importa: seleccionar una fecha de valoración apropiada y documentar cualquier factor que reduzca el valor de la propiedad (mantenimiento diferido, condiciones del mercado, gravámenes) puede hacer una diferencia significativa. Estas decisiones deben tomarse con la orientación de un abogado de impuestos sucesorios o CPA que entienda las reglas de Nueva York.

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